ONG Huellitas de Boco es parte del “Registro de instituciones sin fines de lucro distribuidoras y/o receptoras de productos cuya comercialización sea inviable”, por lo que las empresas cuyo giro comercial se relacione con la elaboración y/o comercialización de alimentos para mascotas al donarnos “alimento para mascotas” podrá obtener rebaja en el cálculo de impuestos, rebaja directamente relacionada al monto donado y considerando el costo de producción de los alimentos.
La incorporación de los alimentos para perros y gatos en la nómina de productos con comercialización inviable que entró en vigencia en Junio del 2021, la ley N° 21.210 permite a todas las OSFL de ayuda animal ingresar al Registro de Receptores y/o distribuidores del Servicio de impuestos internos y que permite a las empresas que donan obtener rebaja en sus impuestos.
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Al donar alimentos bajo esta modalidad se ven beneficiados:
Los animales que pueden tener su alimento garantizado
Las organizaciones que pueden obtener el alimento mensual gratuitamente para los animales que albergan o alimentan en calle.
Las empresas, que obtienen una rebaja considerable en sus impuestos al donar y se ahorran el costo de destrucción.
El medio ambiente, la destrucción de alimentos y otros productos es contaminante.
¿Qué Alimentos se pueden donar y obtener beneficio tributario?
Todo alimento que considerado “merma”, es decir, todo el alimento para mascotas no apto para la comercialización pero que está en condiciones óptimas para el consumo, por ejemplo: sacos desteñidos o deteriorados, sacos con orificios, etc.
Se excluyen alimentos de producción, Alimentos vencidos y Alimentos no aptos para el consumo.